#ElPerúQueQueremos

Cinco mentiras sobre el llamado “aborto terapéutico”

Por: César Félix Sánchez Martínez

Publicado: 2014-07-21

PRIMERA MENTIRA: 

El aborto terapéutico es perfectamente legal en el Perú. Está legalizado desde 1924. La Guía Técnica emitida por el Ministerio de Salud el 27 de junio del 2014 es perfectamente legal.

REALIDAD:

1. La ley fundamental que regula la vida de nuestro país es la Constitución de 1993, en cuyo artículo 2 declara que “El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”. Cualquier norma de rango menor que contradiga este derecho, implícita o explícitamente, es inconstitucional o nula. Si los partidarios de la despenalización del aborto de cualquier índole – incluido el llamado aborto terapéutico-desean implementar sus proyectos, deberán primero hacer que se reforme la Constitución. Actuar de otra forma, aun si se trata de un organismo del Estado, es poco menos que un golpe contra la Constitución.

Ya se había intentado, en febrero de 2008, la misma maniobra mediante un "Protocolo para el Manejo de Casos de Interrupción Legal del Embarazo", muy similar a la actual Guía, que fue emitido por la Dirección de Salud del Gobierno Regional de Arequipa presidido por Juan Manuel Guillén, actualmente denunciado por corrupción. Allí, la cláusula sorpresa –que se prestaba para extrapolaciones de toda índole- era la 2.24que incluía entre las causas para abortar: Trastornos mentales severos y otros procesos clínicos que serán dictaminados por una Junta Médica porque ponen en riesgo la vida y la salud de la gestante. Ante el rechazo de diversos sectores de la opinión pública y dos informes en contra, uno de la Defensoría del Pueblo y otro del Ministerio de Justicia que señalaba su directa oposición al derecho a la vida consagrado en la Constitución, la norma –orientada a introducir de contrabando el aborto– tuvo que ser dejada sin efecto.

2. Los defensores de la actual Guía –que, en su mayoría, son los que defienden también la legalización total del aborto – sostienen que el aborto terapéutico en el Perú ya está legalizado desde el Código Penal del año 1924.Sin embargo, la verdad es que ese Código Penal establece expresamente que el aborto es un delito penado por la ley; y si bien su artículo 119, en el que los abortistas fundamentan su falacia, dice quela pena no se aplica al“aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente”, eso no significa que ese tipo de aborto sea legal. Lo único que significa es que la pena no se aplica en un caso específico, por ejemplo cuando el aborto es consecuencia indirecta de un tratamiento realizado para evitar que la madre muera o padezca de un mal grave o permanente, o cuando se recurra a él, en una situación de emergencia, como última medida para evitar que eso suceda Implícitamente se atribuye el discernimiento de esta condición al médico, en particular, y a la ciencia médica en general.

SEGUNDA MENTIRA:

El aborto terapéutico existe como realidad clínica.

REALIDAD:

Como lo saben bien los médicos, la situación con respecto a este único medio de salvar la vida ha variado –por obra de la ciencia médica – llegándose cada vez más a la situación en que el caso donde deba elegirse necesariamente entre la vida del bebé o de la madre ha pasado a constituir una entelequia abstracta, es decir un caso teórico casi imposible de que se dé en la realidad, más para ser usado para confundir a las personas o como trampa semántica con fines ideológicos fabricada para conmover y manipular al público.

Aun así, la verdad es que en los casos improbables en que, por limitaciones en los recursos o cualesquiera motivos, se acerque un caso en algo a esta entelequia abstracta, dependerá del médico elegir la terapia más adecuadapara tratar de salvar las dos vidas en juego, no siendo el efecto buscado la muerte del niño. Será una decisión de quirófano, basada en las múltiples variables que ofrece el caso real, la condición existente. De ahí el rechazo por parte de los médicos peruanos a la Guía .

TERCERA MENTIRA:

La Guía Técnica del MINSA ayudará a disminuir la mortalidad materna.

REALIDAD:

Es una falsedad sostener que con esta Guía que no sirve para nada (según el presidente de la Federación Médica del Perú ) se salvarán “decenas de vidas de mujeres” . La verdad esque el país latinoamericanocon menor mortalidad materna y que cada vez presenta tasas mayores de reducción de este indicador,es nada menos que Chile , cuyo Código Penal prohíbe el aborto en toda circunstancia. El artículo del Código Penal chileno de 1931 (1) era similar al peruano de 1924, pero fue enmendado en 1989, porque por razón del avance de la ciencia médica ya no era más justificable hablar de esa entelequia abstracta.

Así, pues, el país latinoamericano en el que hay una mayor reducción de la muerte materna, exhibiendo indicadores similares a naciones desarrolladas, es un país que prohíbe de forma taxativa todo aborto. Lo que demuestra que la reducción de la muerte materna no depende de protocolos ideológicos ideados por ONGs políticas de izquierda, sino de reales mejoras en los servicios de salud. La historia de la obstetricia y de la medicina materno-infantil demuestra que los avances en este campo se deben precisamente a los esfuerzos en evitar el camino cruel y fácil del mal llamado “aborto terapéutico”.

CUARTA MENTIRA:

El caso L.C. demuestra la necesidad de la “regulación” mediante una Guía del aborto terapéutico.

El caso L.C. fue llevado por las ONGs abortistas ante un organismo multilateral de la ONU, el CEDAW, con la finalidad de que obligue al Perú a legalizar el aborto “terapéutico”, aun sabiendo que las decisiones de ese organismo no son obligatorias para nuestro país.

Se trata de L. C., una menor de 13 años que quedó embarazada producto de una violación y después intentó suicidarse lanzándose del techo de su casa, sufriendo una lesión que le partió la médula espinal en dos. No fue intervenida inmediatamente al llegar al hospital porque, además del embarazo, tenía una lesión en la zona de la incisión.Después de analizar el caso, los médicos decidieron someter a la paciente a una operación electiva, eso es, a una operación de carácter no urgente y, por tanto, con una fecha programada ulteriormente. Paralelamente –y en circunstancias que revelan la existencia de un sospechoso asesoramiento externo al ámbito familiar de L. C., caracterizado por la extrema precariedad material – la familia de la paciente solicita en tres ocasiones por escrito la realización de un “aborto terapéutico”. Pero al ser considerada la operación electiva y no urgente, la Junta Médica del hospital no cree conveniente ni necesaria la realización de tal procedimiento y rechaza esa solicitud en tres ocasiones. De todas formas y tratándose de una médula cercenada, la operación no tenía como fin la curación de L. C., sino acelerar una mejora en la calidad de vida en aspectos puntuales y reducir la morbilidad ulterior. Tiempo después, L.C. sufre un aborto espontáneo. La operación se realiza posteriormente y –aparentemente– no trajo el resultado óptimo que se esperaba.

Según la opinión personal del doctor Alfredo Guerreros, subdirector del Hospital Daniel Alcides Carrión de El Callao –donde ocurrieron estos hechos durante una gestión anterior a la suya –, él hubiera hecho la intervención inmediatamente, a pesar de la lesión detectada;pero con respecto a practicar el aborto, expresamente dijo que “se le hace muy difícil pensar en eso” . En todo caso, queda claro que de haberse realizado el aborto, en cualquier circunstancia o tiempo, L. C. jamás habría podido revertir las consecuencias de una médula cercenada (2). Queda claro también que,aun de haberse producido una negligencia por parte de la Junta Médica al no operar inmediatamente, esta negligencia no puede ser achacable ni a la no práctica del aborto ni mucho menos a la no existencia de un protocolo, pues es probable que –dada la índole de la decisión que se tomó y la presencia de la otra lesión detectada – hubiera podido también diferirse la operación, incluso existiendo una guía.

El caso L. C., sin embargo, demuestra que el lobby abortista no vacila en manipular tragedias humanas muy graves para hacer avanzar su proyecto político de legalizar el aborto y reconfigurar la sociedad peruana.

QUINTA MENTIRA:

Los que se oponen al “aborto terapéutico” son fundamentalistas.

REALIDAD:

La estrategia abortista consiste en intentar desacreditar a los opositores del aborto diciendo que sus argumentos son únicamente religiosos y que se trata de personas intolerantes,

fundamentalistas o enfermos mentales. La verdad es que la oposición al aborto se basa en fundamentos jurídicos y médicos y, como los abortistas no tienen argumentos racionales para refutarlos, recurren al insulto, a lo engañoso y al slogan fácil pero sin base o a la manipulación de tragedias para engañar a la opinión pública y presionar a los políticos.

Conociendo la actitud de las feministas y abortistas en otros lugares de Latinoamérica (que incluye actos de vandalismo y ataques a iglesias y fieles católicos ), podemos concluir que en el Perú empiezan a manifestarse los primeros indicios de una gran intolerancia y agresividad contra la opinión pública pro-vida y contra sus voceros.

Existen elocuentes testimoniosde los ataques a las catedrales y agresión física (y en algunos casos sexual) a los fieles en San Juan (2013) https://www.youtube.com/watch?v=ZVbGzFS9k94, Neuquén (2008) https://www.youtube.com/watch?v=zfu8oAD3j9w, y Posadas (2012) en Argentina https://www.youtube.com/watch?v=V_4Tr3yyC_I Todos estos ataques fueron obra de grupos feministas y abortistas explícitos que acostumbran culminar así sus eventos de agitación y propaganda.

(1)  “En el caso de Chile, estudios más recientes, como el Estado Mundial de la Infancia, de Unicef, reportan un descenso todavía mayor en la RMM (reducción de muerte materna), con 18 muertes por cada 100.000 nacido vivo (n.v.) en 2009, manteniendo así la tendencia decreciente que tuvo inicio en la década de 1990, cuando se llegaron a registrar 41 muertes por cada 100.000 n.v. EdigioCrotti, representante de Unicef para Chile, afirma que el país exhibe indicadores similares a los de naciones desarrolladas, gracias a que en los últimos 50 años se ha realizado una inversión permanente en el área de salud materno-infantil, lo que contribuyó a aumentar la atención profesional del parto y a reducir las enfermedades que complican el embarazo, parto y puerperio”, CENTRO LATINO-AMERICANO EMSEXUALIDADE E DIREITOS HUMANOS, Mortalidad materna en América Latina.

(2) Es interesante revisar que, entre las demás causales de aborto terapéutico presentes en el protocolo arequipeño del 2008, antecedente directo de la Guía actual y realizado con la asesoría de PROMSEX y otras organizaciones y figuras abortistas, no se encuentra ningún caso clínico semejante al de L. C. ¿Indicio de que en verdad en ese caso el aborto terapéutico no era el único medio para preservar la vida de la madre o su salud de algún mal grave y permanente? La Guía actual se cura en salud al poner, en singular diferencia con su antecedente arequipeño, lesión neurológica severa que empeora con el embarazo. Una razón muy elocuente que revela la manipulación del caso.

 


Escrito por

CORVIDA

Somos instituciones que buscamos integrar y recuperar los valores que dignifican al ser humano.


Publicado en

Opiniones a favor de la vida

Opiniones que fomentan una discusión alturada en la defensa de la vida, la familia y la juventud.